ABSUELTO CONDENADO Y JUICIO A QUIEN CRITICA

ABSUELTO CONDENADO Y JUICIO A QUIEN CRITICA

Crimen de las francesas en Salta. Tras diez años preso, Santos Clemente Vera fue liberado. Los argumentos son similares a los usados por la exsenadora Sonia Escudero, quien fue llevada a juicio por el juez que condenó al baqueano.

 

“En una sociedad en paz consigo misma, la condena de un inocente constituye una causa potencial de desorden más grave que la absolución de un culpable”, dijo Jacques Vergés. El concepto se encuentra en la teoría del Derecho.

Esto citó la abogada y ex senadora nacional Sonia Escudero, al criticar al juez de Impugnación Luciano Martini, por la condena a perpetua de Vera, en 2016. El magistrado salteño la demandó en 2.021, por supuestas calumnias. Escudero sostuvo en la prensa que la condena en segunda instancia de Santos Clemente Vera era arbitraria, por incumplimiento de normas procesales y garantías constitucionales.

Sonia Escudero

El juicio contra la salteña está programado para el 11 y 18 de marzo de 2.024.

Paradójicamente, los argumentos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), para revocar la condena del baqueano, en segunda instancia, por el asesinato de las turistas francesas en el 2.011, son similares a los de Escudero.

Por tanto, la abogada de Sonia Escudero solicitó al Tribunal de Juicio Sala 1 que archive la causa iniciada en su contra por el juez Luciano Martini, y sea sobreseída. “El decisorio del Máximo Tribunal ha dado razón a las críticas de la doctora Escudero”, dice la presentación.

 

Que dijo

La exsenadora dijo en un diario local que “de no ser así, para el juicio… se le permita el ingreso a los medios de comunicación, se graben todas las audiencias y se cumplan con todas las garantías…porque lo que lo que tengo para decir es mucho”. Y agregó: “Mis críticas no fueron a la ligera, fueron críticas sobre temas que yo estudié a fondo. Todas las pruebas que tengo apoyan todo y no hubo delito. Si no, llevaré este tema a la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Según la presentación legal, Escudero fue demandada por decir (FM Aries, 2021) que Martini “condenó a una persona inocente por un crimen que no cometió”

También que el juez de Impugnación “conocía perfectamente que el Código Procesal Penal de Salta no lo autorizaba a condenar en segunda instancia, pues carecía de jurisdicción y competencia para ello”

Houria y Cassandre
Houria (izq.) y Cassandre, en Salta

Asimismo, al condenar a Vera, el Tribunal de Impugnación había “violado todas las garantías constitucionales” de Santos Clemente Vera. Esta violación de garantías constitucionales ha sido reconocida por la Corte Suprema en el reciente fallo.

Escudero enfatizó que con el fallo del más alto tribunal, los jueces del tribunal de Impugnación que condenaron a Vera fueron objeto de una “brutal desautorización”, ya que se les reprocha dos de los vicios más graves en que pueda incurrir un órgano judicial: “el exceso de jurisdicción o falta de competencia, y 2º) la vulneración de las reglas y principios del debido proceso y el derecho de defensa de una persona que ha pasado injustamente siete años en prisión” (que se sumaron a los tres años de preventiva)

 

INSOPORTABLE

“Serán los jueces que condenaron erróneamente quienes deberán afrontar las consecuencias de sus acciones. (art. 5to de la Constitución de la Provincia de Salta). …Es indudable que la opinión pública considera insoportable la condena de un inocente”

Presentación de Sonia Escudero

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