SIN LIBERTAD NO HAY AMOR

SIN LIBERTAD NO HAY AMOR

Sea una monja, un cura o el mismo papa, pueden decidir cuando quieran la suspensión o fin de su elección espiritual.  Impedir esto va en contra del derecho canónico, las virtudes teologales, las leyes de la Nación, los derechos humanos. Es un delito gravísimo.

 

Por Dario Illanes

 

Jesús advirtió acerca de que nuestras conductas no sean motivo de escándalo. Y en el mismo sentido, el papa Francisco enfatizó que, fundamentalmente, quienes ejercen responsabilidades públicas y/o religiosas tienen este deber espiritual, personal y legal.

Nuevamente éste año, las autoridades del convento San Bernardo protagonizaron un escándalo público. La Policía, los Bomberos,  con orden judicial, debieron ingresar por la fuerza al antiguo establecimiento religioso, en las calles Caseros y Santa Fe, para rescatar a una monja. Ante una denuncia e investigación por “privación ilegítima de la libertad”

Este es un delito, de acuerdo al artículo 142 bis del Código Penal, por el cual se obliga a la víctima “a hacer, no hacer, o tolerar algo contra su voluntad”. Tiene una pena de prisión efectiva (de 5 a 15 años). Y peor aún, la pena será de diez a veinticinco años “Cuando la víctima sea una persona discapacitada, enferma o que no pueda valerse por sí misma”

La carmelita descalza, monja de clausura desde hace tres décadas en el convento, padece una grave enfermedad. Pidió dejar los hábitos y regresar junto a su familia en Mendoza. Empero, la priora (autoridad) María Fátima del Espíritu Santo negó tal derecho.

El 2 de diciembre, llegó su hermana para charlar. Según las fuentes, sus intenciones cayeron en balde roto. Entonces, acudió al abogado Guillermo Alberto. Cuando el asunto pasó de gris a oscuro, fue realizada la denuncia penal.

 

Insólito allanamiento

Intervino el fiscal Ramiro Ramos Ossorio. El martes 20 de diciembre, el funcionario solicitó a las autoridades de la Policía entrevistarse con quien dirige el convento. No fueron recibidas.

El miércoles, el fiscal envió a los auxiliares fiscales. Ni siquiera pudieron dejar la notificación judicial. Ante la ilegal respuesta,  Ossorio solicitó al juez de Garantías una orden de allanamiento.

Inédita situación en un ícono cultural. En la histórica esquina había vehículos de la fuerza, alrededor de 35 policías y bomberos, escaleras, sogas. Nadie del convento respondió a los llamados. Normalmente, ante la ilegal rebeldía, se tira abajo la puerta. Pero en éste caso se trata de una obra de arte en cedro, creada en 1762. Tallada en una sola pieza, es invalorable muestra del barroco americano.

Además, desde hace 80 años, es Monumento Histórico Nacional. Una alternativa era subir los altos muros de abobe centenario e ingresar por los techos. Vecinos, curiosos, turistas eran espectadores del insólito intríngulis.

Primó la sensatez. La priora abrió las puertas. Ya adentro, los enviados judiciales se entrevistaron con la monja víctima de la privación de libertad. La carmelita aseguró que deseaba irse.  Recuperó su negada libertad.

Investigaciones

La polémica y los escándalos envolvieron éste año al convento San Bernardo. En Semana Santa, desde el monasterio se denunció al arzobispo Mario Cargnello por supuesta violencia de género.

Asimismo,  la Fiscalía de Delitos Económicos investiga a los administradores (laicos, civiles) del convento, Carlos Obeid y Marcelo Mentesana. El primero es el esposo de María Livia Galliano, la mujer que asegura tener visiones de la Virgen del Cerro. También está en trámite judicial el caso de otra monja, quien cuando logró que le permitan ir al médico, ya libre, no regresó.

El derecho canónico establece que cualquier persona consagrada puede dejar de serlo. Y, por ejemplo, abandonar su convento de clausura si así lo decide. Luego puede pedir la dispensa de los compromisos adquiridos, a través de un procedimiento ante la Santa Sede.

Por supuesto, para la ley, ninguna persona puede ser privada de su libertad.

 

LA FE  Y LA PLATA

Se cortan por su cuenta. Las autoridades del convento San Bernardo casi no tienen relación con la iglesia salteña ni el Vaticano. Se rigen por su propia Constitución (1990) contraria al Concilio Vaticano II.

El conflicto estalló a fines de los 90, cuando el arzobispo Cargnello, a tono con Roma, no avaló  las supuestas revelaciones que la virgen María le hacía a María Livia. Estas originaron el masivo culto a la Virgen del Cerro. Las actividades tienen a las Carmelitas como impulsoras espirituales. Pero en el orden económico,  “Lourdes S.A” es la fundación/empresa relacionada con las visitas nacionales e internacionales, y la administración del convento.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *