Tal fue la sentencia del tribunal contra Javier Saavedra, por el femicidio de Jimena Salas. El abogado Marcelo Arancibia aseguró que comprobará su inocencia.
Jimena fue masacrada con más de 45 cuchilladas el mediodía del 27 de enero de 2017. Los jueces José Luis Riera, Mónica Faber y Maximiliano Troyano – el 7 de noviembre de 2025 – señalaron que Javier Saavedra fue uno de los asesinos. El joven murió en la cárcel el 15 de septiembre.
En los fundamentos de la sentencia – de 19 hojas- el tribunal destacó que el eximputado logró la confianza de la madre víctima mostrando un caniche, diciendo que estaba perdido.
Los jueces subrayaron: “Más allá de toda la prueba testimonial, pericial y documental ya analizada, cabe destacar que la más trascendental y concluyente en orden a la determinación de la presencia y de su autoría por parte de Javier Nicolás Saavedra, es la evidencia genética obtenida en la escena del hecho”.
Y remarcaron: “Dicha prueba, por su naturaleza objetiva y su potencia demostrativa, constituye el elemento de mayor trascendencia dentro del plexo probatorio reunido en autos, al permitir, con un grado de certeza científica, ubicar a Javier Nicolás Saavedra dentro de la vivienda de la víctima Jimena Beatriz Salas en el momento del suceso”

Incapacidad afectiva
De acuerdo a los fundamentos, Javier Saavedra presentaba “anestesia emocional y disociación afectiva”, que implicaban “incapacidad de sentir y vincular afecto con representación”. Citando informe de psicóloga legal, el fallecido “reúne rasgos de personalidad psicopática, con base narcisista y egocéntrica, caracterizada por omnipotencia, ausencia de culpa, manipulación, simulación y pasaje impulsivo al acto violento, sin pérdida del juicio de realidad ni posibilidad de asumir responsabilidad o arrepentimiento”

El villano y el solidario
El Tribunal agregó: “surge un patrón de conducta consistente en la apropiación de bienes ajenos, la reacción violenta ante la autoridad y la reiteración de episodios de conflicto con connotaciones delictivas”
Paradójicamente, los jueces minimizaron las actividades solidarias realizadas por Javier Saavedra. “El buen concepto personal o a la imagen pública del imputado no tiene incidencia exculpatoria, dado que la sana crítica racional impone distinguir entre juicios de valor sobre la personalidad y constataciones de hechos objetivos.”

Inocente
Con más de 45 años sumando conocimientos y experiencias, el doctor Marcelo Arancibia es un abogado penalista ampliamente respetado y reconocido. Sus expresiones periodísticas son prudentes y mesurados, como sus alegatos abundan en citas académicas, jurisprudencia, y contrastación de pruebas.
Como defensor de los hermanos Saavedra y específicamente de Javier demuestra su firmeza y vehemencia.
- ¿Cuál es su consideración acerca de la sentencia del tribunal que señaló a Javier Saavedra autor del asesinato? – consultó Norte Social.
- A Javier, es básico, le cabe la inocencia, pues (debido a su fallecimiento) no tuvo el más mínimo derecho y posibilidad de defensa en juicio. Decir lo contrario es inconstitucional.
- En los fundamentos, los jueces abundan en pruebas contra el joven…
- Vamos a continuar trabajando para demostrar que Javier no tuvo absolutamente nada que ver. Por supuesto, plantearemos recurso de casación. Ninguno tuvo parte en el crimen, tal como demostré respecto a sus hermanos absueltos.
- Además de usted, seguramente la fiscalía y la querella llegarán a la instancia judicial superior…
- “El que avisa no traiciona”, por nuestra parte iremos al tribunal de Impugnación, con las evidencias, pruebas, valoraciones. Será un largo camino…
- ¿Hasta dónde?
- Llegaremos a todas las instancias, en la justicia provincial, a la Corte Suprema de Justicia, a los tribunales internacionales si es necesario.
PÉSIMA INVESTIGACIÓN
“Hay un mensaje enviado a la sociedad de que está todo resuelto, que todo está bien, pero es falso. La realidad es que desde el comienzo los distintos investigadores y fiscales hicieron una pésima investigación”, señaló Marcelo Arancibia

SIN DEFENSA
“La fiscalía ubicó a Javier Saavedra y a sus hermanos en la escena del crimen; estos ya fueron absueltos, Javier no se pudo defender”
CAUSAS ARMADAS
De acuerdo al penalista, “hubo policías en actividad o retirados, que trabajan en el CIF (Cuerpo de Investigaciones Fiscales) que armaron las sospechas. Son conocidos desde los crímenes de las francesas, por plantar pruebas, además de ineficacias e impericias. Se repiten las malas investigaciones”

POLÉMICA
Según el artículo 59 del Código Penal argentino, la muerte del imputado extingue la acción punitiva. Esto implica que el acusado queda sobreseído.
Sin embargo, de acuerdo a jurisprudencia respecto a derecho de la víctima e investigación post mortem, caben las siguientes alternativas.
- El derecho a la verdad de la víctima sigue vigente, permitiendo que se esclarezcan los hechos y se identifiquen a otros responsables.
- Sentencias declarativas; en algunos casos, se pueden emitir sentencias que declaren la responsabilidad del fallecido.
- La declaración, una vez que la sentencia del tribunal queda firme, es válida para indemnización civil.





















